La justicia restaurativa*, está legal

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Licda. Ana Lourdes Golcher González**

Con el objetivo de reparar el daño causado a la víctima y a la sociedad mediante servicio social que puede realizarse en varias instituciones del país, el Poder Judicial ha implementado el programa de justicia restaurativa en materia penal. 

Se aplica en casos en que la persona responsable de un delito delinque por primera vez y no tiene antecedentes penales ni ha sido favorecida por una medida alterna en otro proceso, es lo que en Costa Rica se define como “primarios”.

 Son casos en su mayoría de conducción temeraria, homicidio imprudente, lesiones, allanamiento de morada, hurto agravado y atenuado, robo, amenazas agravadas y apropiación indebida, entre otros. Delitos que son castigados con hasta 3 años de prisión.

 El programa nace como una solución para el gran problema del hacinamiento en las cárceles, las cuales incrementaron su población en un 45% a raíz de la creación de los juzgados de flagrancia. Muchos de los prisioneros descuentan penas por el robo de dos latas de atún o de un par de medias.

 No quiero decir que no sea robo, pero creo firmemente que la cárcel debe ser para sacar de circulación a personas que cometen otro tipo de delitos. La justicia restaurativa es una excelente manera de resolver los conflictos penales, con soluciones que dan a la persona una oportunidad de continuar con su vida sin afectarse por la pena de prisión.

Es una segunda oportunidad para rehabilitarse. Es también una oportunidad para los afectados con delitos menores de recibir una compensación con trabajo a favor de instituciones que lo necesitan y aprovechar el conocimiento o las aptitudes del que delinque. 

Ejemplo, si el autor del delito es informático se le pide su ayuda en este campo a favor de instituciones que requieren de estos servicios, si es albañil se le pedirá colaborar en la construcción o reparación de edificaciones beneficiarias del programa.

 Dicho servicio es monitoreado por un equipo de profesionales, los cuales verifican si la persona obligada cumple con las horas que debe pagar como reparación por sus actos.

 Otro de sus beneficios es el bajo costo comparado con la jurisdicción ordinaria. Un caso en la jurisdicción penal ordinaria tiene un costo de ¢7 millones y una duración de dos años en promedio, un caso por el programa de justicia restaurativa tiene un costo de ¢340 mil y puede resolverse en dos meses.

La justicia restaurativa nos da una opción ágil y económica para todos y la posibilidad de beneficiar a instituciones que tienen grandes necesidades, dando una oportunidad real de rehabilitación y reinserción a las personas que cometen un delito por primera vez, cosa poco probable de lograr desde la celda de una prisión.

*Tomado del Diario Extra del 12 de mayo de 2015

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**Abogada litigante