Justicia Humana que impacta vidas

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Reunión Restaurativa: Responsabilidad, restauración y oportunidad de cara a la solución del conflicto penal.

 

  • Programa de Justicia Restaurativa da un papel protagónico a la víctima y comunidad que da espacio para exponer el daño causado y la forma en que desea que el conflicto se resuelva.
  • Persona imputada asume una responsabilidad activa sobre el daño causado y recibe la oportunidad de restaurarlo a partir de sus posibilidades reales.
  • La Comunidad integrada a la Red de Apoyo del Programa constituye un pilar fundamental para apoyar los planes reparadores que ofrecen las personas imputadas, y que acercan la justicia a los espacios comunitarios y promueve la paz social.
  • Cerca de 20 delitos están definidos para tramitarse bajo el Programa de Justicia Restaurativa como lo son el homicidio culposo, lesiones culposas, hurto, conducción temeraria, entre otros.


Andrea Marín Mena
Periodista, Observatorio Judicial

 

Nunca antes se habían conocido. Allí estaban frente a frente. Una trágica situación unía a estas personas. La esposa y hermana de la víctima de un accidente de tránsito en San José, por primera vez conocía al hombre que había ocasionado la tragedia…, ese día, el final de la reunión restaurativa permitió que la víctima tuviera la posibilidad de ser resarcida y de expresar sus sentimientos, y la parte imputada recibió perdón; justo lo que necesitaban para poder continuar con sus vidas.

La reunión restaurativa permite a la persona víctima e imputada propiciar la solución del conflicto de forma pacífica.De eso se trata el Programa de Justicia Restaurativa iniciado por el Poder Judicial de Costa Rica en junio del año 2012. Es darle protagonismo a las víctima de un delito, y la comunidad; de expresar sus emociones, sus sentimientos, el daño causado e igualmente, tienen la posibilidad de manifestarse sobre la forma en que quieren que se resuelva su conflicto.

Del otro lado, también surge la oportunidad de la persona imputada de asumir la responsabilidad por el daño causado, conocer los alcances de éste y estar dispuesta a cumplir con un plan reparador, que se define también tomando en cuenta su criterio, las posibilidades reales en proporción con el daño causado.

Además el conflicto penal se visualiza como una posibilidad para la persona imputada de fortalecer su esquema de valores, y que reciba apoyo socioeducativo, con el acompañamiento de la comunidad. Con ello, el servicio a la comunidad ayuda a que sientan empatía y sentido de pertenencia con el fin restaurativo, de comprender que sus actos pueden afectar o beneficiar a su comunidad, ayuda a esos valores de empatía y solidaridad, el servicio ayuda a buscar herramientas para prevenir reincidencia delictiva.

Es allí donde entra la labor de los equipos interdisciplinarios de Justicia Restaurativa, integrados por el juez o jueza, el o la fiscal, defensor o defensora, los equipos psicosociales, que son profesionales en Trabajo Social y Psicología, la persona víctima e imputada, acompañadas de una persona de apoyo, y la comunidad, que les brinda confianza y respeto a la hora de participar en la reunión restaurativa.

La Programa de Justicia Restaurativa es una modalidad de hacer justicia con rostro humano, siguiendo las políticas institucionales del Poder Judicial de Costa Rica, que procura instaurar la Justicia Restaurativa como instrumento que contribuya a la paz social, como una herramienta generadora de cambios en la forma de resolver los conflictos penales, con soluciones integrales y realistas, para obtener mejores resultados y contribuir con en el proceso de modernización hacia una Administración de Justicia más equitativo, accesible, eficiente, previsible, humanista integrando a las víctimas y comunidad.

“Todo el equipo tiene que ir a un mismo fin, que va más allá de la culpa, o si la conducta fue buena o mala de la persona imputada. Este fin se basa en identificar cual es la responsabilidad que asume la persona imputada para reparar el daño. Ese daño puede ir dirigido a la reparación social o a la reparación directa con la víctima y ahí empezamos a hacer abordajes distintos de las problemáticas sociales, que realiza el equipo psicosocial para poder dar un criterio técnico. El trabajo desde Psicología y Trabajo Social es abordar la situación real psicosocial y la problemática casuística, que lleva a la persona a cometer el delito y de ahí parten los criterios técnicos emitidos para dirigir un plan reparador integral”, destacó Ekaterina Barquero Chaves, integrante de la dupla psicosocial que laboran en el Programa de Justicia Restaurativa en Heredia.

Equipo Interdisciplinario del Programa de Justicia Restaurativa de San José y PavasEl delito que enfrentaba la persona imputada era por homicidio culposo producto de un accidente de tránsito. La reparación de la muerte de una persona con un arreglo monetario no era suficiente. La esposa de la persona fallecida, tuvo la oportunidad de hablar, frente a frente con el imputado, sobre quién era la persona fallecida, un hombre que se dirigía a su trabajo, que tenía una familia y expresó todo el daño familiar causado. El imputado también tuvo su oportunidad de hablar sobre la afectación en su vida por haber provocado la muerte de un ser humano, un dolor que no le permitía siquiera comer. La víctima preguntó todas las dudas que rodearon el hecho, cuáles fueron las últimas palabras de su esposo…El imputado aclaró muchas de sus dudas. La mujer finalmente expresó: “si me lo topo en la calle no quiero ni verlo, pero sepa que lo perdonamos, tanto mi esposo como yo”… Un silencio en la sala permitió escuchar un sonido particular del imputado - imposible de olvidar para los presentes - fue un descargo emocional por el peso de sus actos, porque había causado la muerte a una persona con una historia.

Después de la reunión restaurativa, a este caso le siguió el cumplimiento de un servicio comunal, que le permitió a la persona imputada sanar, salir nuevamente de su casa, ganar peso, volver a socializar con su familia. La víctima regresó a San José, consiguió un trabajo y retomó su vida.

Para la magistrada Doris Arias Madrigal, Coordinadora del Programa de Justicia Restaurativa, los objetivos del programa son muy claros, “…se centran y coinciden con los objetivos estratégicos del Poder Judicial que implican la solución de los conflictos, solo que ahora le agregamos un plus, y es que además de la solución del conflicto, vamos a integrar directamente a la víctima y a la comunidad representada, como una parte que interviene dentro de la solución del conflicto. Ya no se trata solamente de aplicar la Ley, sino también de buscar la efectiva solución del problema, que se centra en el conflicto humano”.

Dupla psicosocial: tras la historia humana

Yessenia Valverde Zumbado, integrante del Programa de Justicia Restaurativa de San José indicó que el equipo psicosocial brinda un criterio técnico sobre la situación del caso, que permite determinar, a partir de los procesos que son referidos por el Ministerio Público y la Defensa Pública, si las personas involucradas están preparadas para participar una reunión restaurativa.

“Abordamos en primer lugar a la parte imputada, con el fin de no revictimizar a la persona ofendida. Trabajamos mucho la parte de motivación y reparación del daño, para determinar cuál es la responsabilidad que la persona imputada está asumiendo y en el caso de la persona ofendida, cómo es que esta persona quisiera que se repare el daño. Si sabemos que la persona no está dispuesta a reparar el daño, no vamos a exponer a la parte ofendida. Esto lo denominados entrevista preliminar. Indagamos sobre las condiciones de la persona imputada, el contexto en el que se desenvuelve a nivel familiar, comunal y laboral, esto nos permite emitir un criterio técnico sobre un plan reparador. Lo que nos hace diferentes es que visualizamos las particularidades de cada caso”, explicó Valverde Zumbado.

Con el visto bueno de las partes y un criterio positivo, comienza la etapa de la organización de la reunión restaurativa, donde se fija fecha, se convoca a las partes, tanto la parte imputada como ofendida pueden hacerse acompañar de una persona de apoyo, a quienes también, el equipo psicosocial contacta y entrevista, para asegurar que sean personas que puedan aportar positivamente en la solución del conflicto.

La magistrada Doris Arias Madrigal es la Coordinadora del Programa de Justicia Restaurativa.Hace tres semanas, una reunión restaurativa resolvió el caso de un hombre de nacionalidad china, dueño de un comercio. El hurto de dinero de la caja lo llevó a presentar la denuncia penal contra un ex trabajador del negocio. Durante su detención sólo se logró decomisar ¢50 mil colones, aunque el dueño del negocio sabía que existía un faltante de ¢4 millones. La reunión restaurativa tomó en consideración las particularidades de la cultura china, donde el honor y la lealtad son de gran relevancia. El ofendido hizo una petición inesperada para el equipo restaurativo. Solicitó una reunión a solas con el imputado porque quería saber cuál fue la verdadera razón que lo llevó a cometer el delito. Esta situación no había pasado nunca, sin embargo con la anuencia del imputado se les dio cinco minutos a solas…Después de ese tiempo, al reanudar la reunión, el ofendido afirmó que se sentía satisfecho, pues pudo hablar con el muchacho, quien se disculpó… eso era lo único que quería y afirmó su interés por terminar ese proceso hasta allí, no pidió nada más y finalmente, le dijo al imputado de que si requería una carta de recomendación, él se la daba porque conocía la clase de persona que era…Aquel acto también significaba la lealtad y el honor de su exjefe.

Los casos que se atienden en el Programa de Justicia Restaurativa se clasifican en dos tipos: los que tienen una víctima directa y los que la ofendida es la seguridad común o la fe pública y en esta última se procura contactar a una persona de la comunidad, como un o una experta, que como representante comunal brinde un aporte informativo, preventivo o socio-educativo, que pueda crear conciencia en la persona imputada, sobre el daño que generó y que puede contribuir con la solución del conflicto, según detalló Yessenia Valverde.

Muchos de estos casos se atienden mediante la suspensión del proceso a prueba, cuyo período puede extenderse en promedio, hasta dos años, sin perjuicio de utilizar otras soluciones alternas como la conciliación a plazo, que permite observar los cambios en las personas imputadas cuando han tenido enfermedades adictivas y han recibido apoyo terapéutico y socioeducativo por medio de los procesos de rehabilitación que se han incorporado como parte de los planes reparadores. El seguimiento con alto control y alto apoyo ha permitido constatar para satisfacción de la víctima y comunidad; los impactos positivos a nivel familiar y en el ámbito personal de la persona imputada.

Hace un año, la conducción temeraria llevó a un hombre a enfrentarse a un proceso penal. Fue de los primeros casos atendidos por Justicia Restaurativa. Durante el proceso se determinó que la persona tenía un problema de alcoholismo y el plan reparador comprendió el emprender un programa de rehabilitación. Un año más tarde, en una carta enviada al despacho judicial, contó su satisfacción durante este año de sobriedad, la oportunidad que se le abrió al encontrar un mejor trabajo, luego de pasar cerca de 30 años en una situación de alcoholismo. Destacó la oportunidad del programa por acceder a la ayuda profesional. Su vida dio un importante giro, después de 20 años de tener una relación en unión libre, su señora le dio el sí para casarse y hoy sus hijos también manifestaron que tenían un padre renovado.

“Estas son de las experiencias significativas, donde se logra ver durante el tiempo que dura el plan reparador, como al persona cambia inclusive física y anímicamente y se le ve como una persona recuperada”, puntualizó Valverde Zumbado.

De acuerdo con la magistrada Doris Arias, los equipos interdisciplinarios funcionan en diferentes niveles, “un primer nivel que busca un acercamiento con la víctima, verificar cuáles fueron los sentimientos, las situaciones que padeció la víctima, cuáles fueron los daños que se causaron y un segundo nivel que trabaja con la parte de la persona imputada para que esta persona identifique cuáles fueron los daños que causó y se trabaja también con la comunidad. Actualmente, tenemos dos duplas en San Jose y una en Heredia y los perfiles de actuación de estas personas se enfocan precisamente en tratar de identificar eso daños causados a las personas, tanto en la parte emocional como en la parte material”.

Delitos establecidos y seguimiento

Alrededor de 20 delitos son los que en este momento pueden ser atendidos por el Programa de Justicia Restaurativa. Algunos de ellos son conducciones temerarias, portaciones ilícitas de armas, uso de documento falso, lesiones culposas, hurtos, amenazas, amenazas agravadas, violaciones de domicilios, violaciones de sellos, descuido de animales, delitos ambientales que hasta el momento no se han abordado, las usurpaciones, retención indebida, homicidios culposos, agresión con arma blanca y daños.

El equipo psicosocial participa en las reuniones restaurativas como facilitador o co-facitador y además tienen una función destacada en el proceso de seguimiento en el cumplimiento de los planes reparadores, los cuales, por lo general, cuando no existe una víctima directa pueden durar de uno a dos años y en el caso donde se involucra una víctima, el seguimiento puede tener una duración de hasta un año.

“Podemos ver personas que desde sus habilidades y sus destrezas han logrado hacer un importante aporte a la sociedad, que no se trata sólo de un servicio comunal, sino que están aportando algo de lo que saben hacer y que eso ayuda a esa parte de reinserción y ser parte de la comunidad e interiorizan que con eso logran resarcir el daño. Nuestro acompañamiento es hasta que cumpla la totalidad del plan” destacó Ekatherina Barquero.

Es así como la diversidad prevalece en los planes reparadores, los cuales parten desde la elaboración de un mural, hasta la producción de programas digitales de video, modernización digital en hogares de cuido, sesiones fotográficas, publicidad, contabilidad, profesores impartiendo capacitación en inglés a adolescentes en riesgo social, clases de algún deportes específico o un proyecto de conformación de una banda en una escuela en riesgo social.

Equipo interdisciplinario del Programa Justicia Restaurativa de HerediaEn muchas ocasiones la ayuda también la recibe la persona imputada de parte de la persona víctima, como le ocurrió a un joven, que se vio frente a una tarjeta en un cajero automático y sustrajo de la cuenta de un profesor la suma de ¢20 mil. El joven fue detenido y ambas partes accedieron a participar en el Programa de Justicia Restaurativa. El joven tuvo la oportunidad de explicarle las razones de su actuación a aquella persona ofendida. Una situación difícil lo llevó a dejar la universidad, había perdido su trabajo y unos días antes había nacido su hija, se vio desesperado… Aquella tarjeta en el cajero era como un ángel y esa fue la única alternativa que vio en ese momento, para comprar leche y pañales a la pequeña. El ofendido dejó claro lo que buscaba en ese proceso. Se le indicó al muchacho que debía pagar los ¢20 mil, no porque él los necesitara, sino porque era su responsabilidad… Pero lo realmente impactante fue su propuesta final…Aquel profesor universitario le ofreció ayudarlo para que se reincorporara a la universidad… y le hizo saber su interés por verlo graduarse y convertirse en un profesional y que esta experiencia le sirviera de aprendizaje.


Un proceso voluntario

Las autoridades judiciales aclararon que este es un proceso voluntario, en la que las partes involucradas toman la decisión de participar y cumplir con sus responsabilidades. Por ello se hace una entrevista previa, para asegurar que la persona imputada tenga la capacidad de asumir su responsabilidad y estar dispuesto(a) a reparar el daño y cumplir con el plan reparador, antes de exponer a la víctima. Y en caso de cambiar el compromiso de la persona imputada, si se requiere suspender la reunión restaurativa así se hace.

Un ejemplo de ello fue el caso de una joven que tenía una discapacidad motora y mental, era una joven escolarizada de 18 años. En el instituto donde cursaba sus estudios, le había sido sustraído su celular. Al parecer, un muchacho que estudiaba allí mismo había sustraído el aparato y éste fue detenido. Al inicio de la reunión, la joven se hizo acompañar de su padre, pero el joven imputado no pudo hacerse acompañar de ningún familiar y al verse frente a frente, con la joven y su padre, negó los hechos. El equipo detuvo la reunión y hablaron directamente con el imputado, dejando claro que esta actitud no se iba a tolerar y que se podía devolver el proceso a la vía ordinaria o que tomara la oportunidad de hablar con la verdad y pedir disculpas.

El joven accedió a volver a la reunión y el giro de la sesión fue total. Le expresó a la ofendida y su padre que sentía mucha vergüenza y no supo qué hacer al tenerlos frente a frente. El padre de la joven ofendida terminó diciéndole que quería ir a su graduación, que le daba todo su apoyo, que sabía que se había equivocado y que debía aprender del daño que había generado.

“Hay emociones que todos sentimos, que no podríamos plasmar ni cuantificar, pero que son vivencias propias, genuinas de la reunión restaurativa que nos hace pensar que estamos haciendo bien las cosas, que realmente las víctimas deben ser resarcidas, dándoles ese protagonismo, que se les escuche, qué es lo que quieren y el proceso por si solo da los resultados, pero considerando que hay aspectos emocionales del daño que debemos abordar y que permite a la persona imputada resarcir el daño con esa responsabilidad activa. Sin eso, no hay justicia restaurativa y sin eso no vamos a someter a nadie a este proceso. Es por ello, que no es un proceso para todas las personas, por lo que hay un equipo interdisciplinario trabajando con criterios técnicos que permitan decir si se puede proceder o no, porque preferimos devolver a la víctima a la vía ordinaria, si las partes no están preparadas”, detalló Ekatherina Barquero.

De esta manera el Poder Judicial, brinda la oportunidad de la resolución de los conflictos desde una visión distinta, como lo es el Programa de Justicia Restaurativa, que vino a darle respuesta a la necesidad de la víctima de ser protagonista en la resolución del conflicto penal y la oportunidad de la persona imputada a escuchar a la víctima, conocer la magnitud del daño causado y asumir la responsabilidad de resarcir dicho daño.